Iniciativa del piso de protección social
Lugar y fecha de publicación: junio 2010, Ginebra.
Más del 75% de la población mundial carece de garantías sociales que le permitan enfrentar los riesgos de la vida. Garantizar un piso de protección social a las personas más necesitadas, quienes en su mayoría luchan por sobrevivir, es una prioridad.
El piso de protección social abarca un conjunto de derechos sociales, infraestructuras y servicios básicos de los cuales deberían beneficiarse todos los ciudadanos del mundo. El piso ha de concebirse como la obligación fundamental de velar por la realización de un nivel mínimo elemental de esos derechos, consagrados en los tratados de los derechos humanos. El piso de protección social consistiría en dos elementos principales que pueden contribuir al ejercicio efectivo de esos derechos:
- Asegurar la disponibilidad, la continuidad y la accesibilidad geográfica y financiera de servicios esenciales tales como agua potable, saneamiento, alimentos y nutrición adecuada, salud, educación, vivienda y otros servicios sociales relativos a seguros de vida y ahorro.
- Asegurar la demanda efectiva mediante la garantía de un conjunto básico de transferencias sociales, en metálico o en especie, que brinde un ingreso y medios de subsistencia mínimos a la población pobre y vulnerable y que facilite el acceso a los servicios esenciales. Esto incluye transferencias sociales (además de información, derechos y políticas) destinadas a los niños, a las personas en edad activa con ingresos insuficientes y a las personas de edad avanzada.
El piso de protección social promueve una visión de conjunto y coherente de los sistemas nacionales de protección social como un elemento clave de las estrategias nacionales de desarrollo. Tiene por objetivo apoyar a los países para que identifiquen y cubran las brechas críticas de protección social mediante estrategias coherentes y eficaces a fin de maximizar los efectos de los escasos recursos para reducir la pobreza y la inseguridad así como asegurar “un acceso garantizado” a los servicios esenciales y las transferencias sociales.
